En el año 2013 mi pareja y yo compramos una finca con dinero que me prestó mi madre. Lo realizamos ante notario, y tributamos por el préstamo en hacienda, ¿tengo derecho a desgravármelo?
En este caso, no es posible desgravar como adquisición de vivienda habitual en la declaración de la renta, debido a que esta opción está disponible sólo sobre aquellas compras anteriores al 1 de enero de 2013.

¿Desgrava el pago de manutención de un hijo de un anterior matrimonio?
La pensión de alimentos y compensatoria se debe incluir en el IRPF, pero no siempre desgrava. En primer lugar, la pensión de alimentos no reduce la base imponible, algo que sí hace la compensatoria. Para ello el primer requisito es que ésta sea fruto de una sentencia judicial. Sin ella no se podrá desgravar.

He confirmado el borrador de hacienda, y todavía no me han devuelto. ¿Existe alguna fórmula para acelerar la devolución?
Lo cierto es que no hay una fórmula para determinar qué hacer para que Hacienda te devuelta antes. Según la ley de IRPF, dispone de un plazo de seis meses para realizar la devolución a los contribuyentes. Presentarla antes no significa necesariamente que te devuelva antes. Ten en cuenta que, a partir de ese plazo (6 meses), se verá obligado a pagar intereses de demora.

He cometido un fallo al confirmar mi borrador. ¿Podría rectificarlo?
Sí es posible. Antes de nada debes determinar si el error producido en la Declaración del IRPF, perjudica a la Hacienda Pública o a ti como contribuyente.
Si la Agencia Tributaria es la parte perjudicada, por ejemplo, no has declarado un ingreso o resulte un importe a ingresar superior o una cantidad a devolver o a compensar inferior al importe resultante de la autoliquidación anterior. En este caso deberías de presentar declaración complementaria. Para ello descargaremos el Programa Padre, modificamos los criterios, marcando la casilla complementaria.
Si por el contrario, el perjudicado es el contribuyente, bien porque se declaró indebidamente alguna renta exenta o se incluyeron importes en cuantía superior a la debida o se dejó practicar alguna reducción o deducción a las que tenía derecho, se deberá practicar rectificación de la autoliquidación. También habría que tener en cuenta si se produce un ingreso indebido, y que por tanto, solicitas la devolución del mismo.
Lo más importante es que regularices tu situación antes de que puedas ser objeto de comprobación o investigación por parte de la Agencia Tributaria.

He cobrado 1.800 euros de indemnización por un accidente de tráfico. ¿Debo incluirlo en la renta o está exenta?
Habría que determinar si la cantidad percibida está legalmente reconocida. Así el artículo 7d) LIRPF establece que:
Serán rentas exentas del IRPF las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida. Se considerarán, del mismo modo, como rentas exentas las indemnizaciones derivadas de contratos de seguros de accidentes.

He percibido atrasos de nóminas correspondientes al año 2012. ¿Debo meterlo en mi actual declaración de la renta?
Ten en cuenta que, los rendimientos del trabajo y del capital se imputan al periodo fiscal en el que se generan, no en el periodo que se reciben. Lógicamente ello produce un perjuicio al trabajador que ha dejado de percibir su salario. Para este caso existen excepciones relacionadas con atraso en las nóminas.
Desde luego, debemos de demostrar que no se ha percibido dicho salario anteriormente. Si hemos cobrado el importe correspondiente, habría que hacer una complementaria del ejercicio correspondiente, es decir, del año 2012. Es importante “modificarlo”, independientemente de que la cantidad sea irrisoria, ya que la Agencia Tributaria tiene 4 años para realizar las oportunas investigaciones.

Finalizamos el apartado de las “Posibles dudas en la Declaración de la Renta” con algunas de las dudas que se han ido generando mediante consultas en nuestro despacho.

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