Con el objetivo de favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad, se amplía el plazo hasta los 60 meses, para la reanudación de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia a todos los trabajadores con derecho a prestación.

La cuota mínima a la seguridad social se fija cerca de los 264 euros.

De esta forma, quedaría fijada en varios tramos, dependiendo de la edad del solicitante:

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Tarifa Plana para menores de 30 años;

  • Durante los 6 primeros meses: Cuota fija de 50 euros mensuales

  • Del mes 7 hasta el 12: Reducción sobre la cuota de 50%, quedando la cuota en 133 euros/mes aproximadamente.

  • Del mes 13 al 18. Reducción del 30%, quedando la cuota cerca de los 186 euros/mes.

En el caso de los jóvenes menores de 30 años y las mujeres menores de 35, además de las reducciones y bonificaciones previstas, podrán aplicar la bonificación para jóvenes del 30% sobre la cuota durante los 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto con carácter general, es decir del mes 19 al 30.

Con independencia de la edad, las personas con discapacidad igual o superior a 33%, víctimas del terrorismo y de la violencia de género podrán beneficiarse de los 50 euros, durante los 12 primeros meses. A continuación, dispondrá de una bonificación del 50% de la cuota a partir del mes 13, durante 48 meses.

Igualmente, existen bonificaciones para aquellos autónomos colaboradores (familiares), cese de actividad por maternidad o paternidad, etc.

Tarifa Plana para mayores de 30 o más años:

  • Durante los 6 meses inmediatamente siguientes del alta, cuota fija de 50 euros mensuales.
  • Una reducción equivalente al 50 por ciento de la cuota durante los 6 meses, fijando una cuota aproximada de 133 euros/mes.
  • Una reducción equivalente al 30 por ciento de la cuota durante los 6 meses siguientes, alrededor de unos 186 euros/mes.

Letra pequeña:

La Tarifa Plana se aplicará sobre la base mínima de cotización.

Atención: no tiene cobertura por desempleo y accidentes profesionales de trabajo. Si tiene cobertura de asistencia sanitaria, cotización para la jubilación.

Consejo: Inicialmente, valora el trabajo que desempeñes, capital que dispones, y obviamente, si tiene riesgos y por precaución, ampliaría dicha cobertura.

Existe la posibilidad de ampliar la cuota mensual, durante un periodo. El coste dependerá de la actividad que realices y las coberturas que contrates. Aproximadamente 40-50 euros mensuales sumados a la cuota que pagas.

Os dejamos un interesante link, acerca de este punto:

http://www.elblogsalmon.com/mundo-laboral/cuidado-con-la-letra-pequena-de-los-50-euros-para-autonomos-menores-de-30-anos

Importante: Debes tener una previsión de pago, ya que en caso de impago de la cuota mensual, el recargo es del 20% sobre la cuota general (no sobre la “tarifa plana”), además no se aplica la posible bonificación que tengas en ese mes de impago.

Por último, existen nueve bonificaciones en cuotas para autónomo vigentes hoy día, si quieres saber más, pincha en el siguiente enlace:

http://cincodias.com/cincodias/2015/11/03/autonomos/1446566188_853505.html

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